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Asuntos Consulares/Visado

Como solicitar visado

  1. Asuntos Consulares/Visado
  2. Como solicitar visado

< GUÍA DE SOLICITUD DE VISADO >


1. Ingreso a Corea por turismo o propósitos que no correspondiesen a los indicados en el punto 2:



A partir del 1 de mayo de 2022, se reanuda el Acuerdo de exención de visado, 

 

Por consiguiente, los ciudadanos peruanos deberán obtener la autorización K-ETA (SE RECOMIENDA UN MES ANTES DE LA FACTURACIÓN DEL BOLETO) en caso de viajar sin visadoSi no tienen dicha autorización K-ETA o bien un visado, se denegará el abordaje en el vuelo hacia Corea. Para solicitarla tendrán que pagar 10.000 KRW (aprox. 9 dolares) de tasa, y una vez que obtengan la autorización K-ETA podrán utilizarla para múltiples entradas durante el período de validez por 3 años (a partir del 3 de julio de 2023).

* A partir del 3 de julio de 2023, la autorización K-ETA estará exento para las edades de 17 años o menos, y de 65 años o más.

*La autorización K-ETA o las visas no garantizan la entrada al país, ya que la decisión final se realizará por el oficial del servicio de Inmigración de Corea al momento del control migratorio correspondiente. Por favor, siga las instrucciones del oficial del servicio de Inmigración de Corea en el punto de control.


Para más información, PULSE AQUÍ o visiten el sitio web de K-ETA.

      

2. Cuando el ingreso a Corea tiene un propósito como se ordena a continuación,se requiere realizar el trámite de visa (se recomienda un mes antes de la facturación del boleto) el cual de acuerdo al motivo del viaje se deberá determinar el tipo de visa al que es elegible. Los tipos de visado son lo siguientes:

 

A) Información de la solicitud de Visado Temporal de Turismo, PULSE AQUÍ

B) Información de la solicitud de Visado Temporal de Negocio, PULSE AQUÍ 

C) Información de la solicitud de Visado de Estudiantes de Intercambio, PULSE AQUÍ

D) Información de la solicitud de Visado de Estudios (Bachiller, Maestría y Doctorado), PULSE AQUÍ

E) Información de la solicitud de Visado de Estudios (Curso de idioma coreano en el centro de universidad), PULSE AQUÍ

F) Información de la solicitud de Visado de Actividades Especiales, PULSE AQUÍ

G) Información de la solicitud de Visado de Matrimonio, PULSE AQUÍ



Para la obtención del visado, el interesado deberá acudir PERSONALMENTE al Consulado de la Embajada de la República de Corea en Peru con CITA PREVIA ((01) 632-5000) . El visado no se puede solicitar por correo, fax, agencias externas ni representantes familiares.

 

Los solicitantes de Visado que se comporten de forma incorrecta, presionen, agredan verbalmente, amenacen o arrojen objetos al personal consular durante la tramitación del Visado, podrán tener restricciones para la obtención del mismo durante un periodo que puede durar hasta 3 años.

 

Los solicitantes que realicen declaraciones falsas o aporten documentos manipulados podrían enfrentar restricciones para la obtención del Visado durante un periodo que puede durar hasta 3 años.

 

El trámite de visa toma un mínimo de dos semanas. Durante las temporadas de alta demanda de visado el trámite podría demorarse más de tres semanas.

      

La presentación de la solicitud no garantiza la obtención de visado. Este Consulado no exige la compra del billete de avión. Si usted lo adquiere con antelación a la emisión de nuestro visado, la Embajada DECLINA CUALQUIER RESPONSABILIDAD en el caso de no poder realizar su viaje.

   

No debería solicitar visado hasta que no tenga en su poder la totalidad de la documentación necesaria.